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Endurece 75 Legislatura sanciones contra quienes cometan despojo | LibrExpresión

Endurece 75 Legislatura sanciones contra quienes cometan despojo

Endurece 75 Legislatura sanciones contra quienes cometan despojo

La 75 Legislatura aprobó reformar el Artículo 226 del Código Penal de Michoacán, para endurecer las sanciones contra quienes cometan el delito de despojo. Así, ahora se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa, a quien de propia autoridad, o sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo, o bien con consentimiento obtenido mediante engaño o amenazas, ocupe un inmueble ajeno, haga uso del mismo o de un derecho real que no le pertenezca, e impida materialmente el disfrute de uno o de otro.

Con esta reforma se busca principalmente un aumento de sanciones para este delito, abonando además a la armonización legislativa para garantizar el uso y disfrute de la propiedad privada de la sociedad michoacana. Las y los legisladores locales coincidieron en que, con esta reforma, se tutela el derecho a la propiedad y posesión, y se garantiza el derecho humano de evitar que las personas ejerzan justicia de propia autoridad, y de que afecten el derecho fundamental a ese patrimonio personal. Con ello el Congreso del Estado refrenda su compromiso con el pueblo de Michoacán y reitera su intención de trabajar para endurecer las penas que más laceran a las y los michoacanos.

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