De acuerdo al artículo 163 del Código Penal de Michoacán, se aplicará de 9 a 18 años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta Unidades de Medida y Actualización, a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento, así lo expuso la diputada Adriana Hernández.
Este día la legisladora de extracción priista presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Michoacán de Ocampo, de conformidad con la siguiente.
A partir de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de octubre de 2011, el Estado Mexicano se comprometió a que, en todas sus decisiones y actuaciones, se velará y cumpliera con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos, principio que deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
La inclusión de tal principio en nuestra Carta Magna constituyó el traslado a nuestra Ley Fundamental de una serie de compromisos adquiridos con antelación ante la comunidad internacional y el sistema universal de derechos humanos, los cuales ya preveían diversas prerrogativas a favor de la infancia, siendo ejemplo de lo anterior la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo VII) y la Convención sobre los Derechos del Niño, siendo ésta última la que incluye, en su artículo 19 numeral 1, la obligación de los Estados consistente en proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.
Este ejercicio legislativo dijo, fue reproducido en diversas entidades federativas y el Estado de Michoacán no fue la excepción, toda vez que en 2015 entró en vigor la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán de Ocampo, en cuyo artículo 32 se estipula que estos tienen derecho a la protección contra toda forma de maltrato o violencia, de venta, trata de personas, explotación, abandono o crueldad, abuso sexual, psicológico o físico.

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